La Cámara Nacional Electoral (CNE) comunicó que los padrones incluirán, a partir de las elecciones legislativas de 2013, junto al nombre del ciudadano, la foto, un espacio para la firma y un comprobante troquelado que se le entregará a cada votante luego de sufragar. De esta forma, desde las elecciones primarias del 11 de agosto, ya no se firmará y sellará los documentos de los votantes. Una vez que los electores introduzcan el voto en la urna, deberán firmar el listado y se les entregará un troquel con un código de barras, firmado por la autoridad de mesa, constancia de que el sufragante cumplió con su deber cívico. Por otro lado, se informó las sanciones establecidas por no participar de los actos eleccionarios.La constancia de voto tendrá impresos la fecha y tipo de elección, el nombre y apellido completos del elector, su número de identificación y la nomenclatura de la mesa, además de la firma del presidente de mesa.
Para saber quienes no votaron, la Justicia electoral escaneará los códigos que queden en el padrón de los votantes que se ausentaron, y así tendrá un registro digital para imponer las sanciones que indica la ley.
Según consignó Télam, la no emisión del voto se considera una falta electoral y mediante una acordada extraordinaria, la CNE determinó el monto de las multas para quienes no voten en las elecciones primarias y las nacionales.
La acordada determina que cuando la infracción se cometa respecto de uno solo de los actos electorales -primarias o generales- el valor de la multa ascenderá a 50 pesos.
Cuando no se haya votado en las elecciones primarias ni en las generales, el monto de la segunda infracción ascenderá a 100 pesos, que se acumularán a los 50 pesos correspondientes a la primera infracción, con lo que deberá pagar 150 pesos.
Además, el infractor no podrá ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la fecha de la elección; ni realizar gestiones o trámites durante un año ante los organismos estatales, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) o municipales.
Este plazo comenzará a correr a partir del vencimiento de 60 días establecidos para la presentación de la justificación por no votar.
El pago de la multa podrá ser efectuado en cualquier sucursal del Banco de la Nación Argentina y en las demás entidades que se habiliten para el cobro.
Por último, la boleta de pago será generada digitalmente en el sitio web de la Justicia nacional electoral y una vez recibida la comunicación del pago se encontrará habilitada en el mismo sitio la generación e impresión de la constancia correspondiente.
Para saber quienes no votaron, la Justicia electoral escaneará los códigos que queden en el padrón de los votantes que se ausentaron, y así tendrá un registro digital para imponer las sanciones que indica la ley.
Según consignó Télam, la no emisión del voto se considera una falta electoral y mediante una acordada extraordinaria, la CNE determinó el monto de las multas para quienes no voten en las elecciones primarias y las nacionales.
La acordada determina que cuando la infracción se cometa respecto de uno solo de los actos electorales -primarias o generales- el valor de la multa ascenderá a 50 pesos.
Cuando no se haya votado en las elecciones primarias ni en las generales, el monto de la segunda infracción ascenderá a 100 pesos, que se acumularán a los 50 pesos correspondientes a la primera infracción, con lo que deberá pagar 150 pesos.
Además, el infractor no podrá ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la fecha de la elección; ni realizar gestiones o trámites durante un año ante los organismos estatales, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) o municipales.
Este plazo comenzará a correr a partir del vencimiento de 60 días establecidos para la presentación de la justificación por no votar.
El pago de la multa podrá ser efectuado en cualquier sucursal del Banco de la Nación Argentina y en las demás entidades que se habiliten para el cobro.
Por último, la boleta de pago será generada digitalmente en el sitio web de la Justicia nacional electoral y una vez recibida la comunicación del pago se encontrará habilitada en el mismo sitio la generación e impresión de la constancia correspondiente.